Aguinaldo Junio 2025: Fechas, montos y cómo calcularlo

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Aguinaldo Junio 2025: ¿Cuándo cobro y cuánto?

Junio de 2025 trae consigo el pago del aguinaldo, una noticia esperada tanto por jubilados y pensionados como por empleados estatales. En este artículo, te brindamos toda la información necesaria sobre fechas de pago, montos y cómo calcular tu aguinaldo.

Aguinaldo para Jubilados y Pensionados: Cronograma y Montos

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya comenzó el pago de los haberes mensuales de junio, que incluyen el aguinaldo para jubilados y pensionados. Además, los beneficiarios de la mínima recibirán un bono adicional de $70.000.

El haber mínimo garantizado en junio de 2025 es de $304.723,93, mientras que el máximo alcanza los $2.050.503,62. A esto se suma un bono extraordinario de $70.000 para quienes perciben el haber mínimo, totalizando $374.723,93. Además, recibirán el medio aguinaldo, que corresponde a $152.361,97.

Aguinaldo para Estatales en Mendoza: Fechas y Cálculo

El gobierno de Mendoza confirmó que el viernes 13 de junio se acreditará el medio aguinaldo correspondiente al primer semestre de 2025 para los empleados estatales. Esto incluye al personal docente, con algunas diferencias en el pago para titulares y suplentes.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El aguinaldo de junio se calcula tomando en cuenta los sueldos de enero a junio de 2025. Se considera la mayor remuneración del semestre, que incluye el aumento del 1,5% de junio. El cálculo se divide en dos ítems:

  • SAC remunerativo (ítem 3613): Incluye asignación de la clase, estado docente, antigüedad, ítem aula, ítem dedicación (arraigo), ítem especialización, etc.
  • SAC no remunerativo (ítem 3623): Solo aplica a conceptos como garantías paritarias.

Si no trabajaste todo el semestre, te corresponde un aguinaldo proporcional según los meses efectivamente trabajados.

Titulares vs. Suplentes: ¿Cuándo cobro?

  • Titulares y suplentes equiparados: Cobran en junio, junto con el resto de los estatales.
  • Suplentes no equiparados: Esperan hasta agosto, porque sus liquidaciones van con un mes de retraso.
  • Casos mixtos: Si combinás cargos/horas titulares y suplentes, el aguinaldo se divide: la parte titular se paga en junio, y la suplente, en agosto.

Excepción: Los suplentes con cargos/horas marcadas como LT (liquidación como titular) cobran en junio.

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