ARBA vs. Fintech: ¿Tu Billetera Virtual Paga Más Impuestos? ¡Atención!

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La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) se encuentra en medio de una controversia con las empresas fintech, especialmente aquellas que operan billeteras virtuales. El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, desmintió categóricamente las acusaciones sobre la creación de un “nuevo impuesto” para los usuarios de estas plataformas, calificándolas como una campaña de desinformación impulsada por un supuesto lobby de las fintech que busca evitar competir en igualdad de condiciones.

¿De qué se trata la medida?

A partir del 1 de noviembre, las billeteras virtuales en la provincia de Buenos Aires actuarán como agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB), tal como ya lo hacen las entidades bancarias. Esto significa que, al realizar una venta y recibir el pago a través de una transferencia a la cuenta virtual, ARBA aplicará una retención en concepto de adelanto de IIBB. Es importante destacar que esta medida solo afecta a aquellos comercios o profesionales que ya están inscriptos como contribuyentes de este impuesto.

¿Un nuevo impuesto o una equiparación?

Según ARBA, no se trata de un nuevo impuesto, sino de una medida para equiparar el tratamiento impositivo entre los diferentes medios de pago. Anteriormente, los contribuyentes que operaban a través de bancos ya estaban sujetos a retenciones de IIBB, mientras que aquellos que utilizaban billeteras virtuales no lo estaban. Con esta nueva normativa, se busca que todos los contribuyentes tengan el mismo tratamiento, como ya ocurre en otras 19 provincias del país.

¿A quiénes afecta realmente?

Es fundamental aclarar que la retención de IIBB en billeteras virtuales no se aplica a todas las operaciones. Transferir dinero entre cuentas propias, enviar fondos a familiares o pagar deudas personales no genera ningún tipo de retención. La medida solo afecta a las operaciones vinculadas a una actividad económica realizada por contribuyentes inscriptos en el impuesto.

¿Qué operaciones están exentas?

  • Cargar saldo en una billetera virtual desde una cuenta bancaria propia.
  • Recibir una ayuda familiar o un préstamo personal informal.
  • Operaciones habituales que no tienen relación con un negocio o una prestación de servicios.

La postura de las fintech

Si bien ARBA atribuye las críticas a un lobby de las fintech, es importante considerar que la implementación de esta medida podría generar ciertas complicaciones operativas para las empresas y sus usuarios. Algunas voces del sector han expresado preocupación por el impacto que podría tener en la adopción de medios de pago digitales, especialmente entre los pequeños comercios y emprendedores.

Conclusión

La controversia entre ARBA y las fintech pone de manifiesto la importancia de comprender cómo funcionan las regulaciones impositivas en el ámbito de los pagos digitales. Si eres usuario de billeteras virtuales y contribuyente de Ingresos Brutos, es fundamental que te informes sobre los alcances de esta medida para evitar sorpresas y cumplir con tus obligaciones fiscales.

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